viernes, 7 de agosto de 2009









Notas y aspectos relevantes

tomados en clase

Tributos en Venezuela:

- Impuestos.

- Tasas.

- Contribuciones especiales.

Hacienda pública: la constituye el conjunto de reglas y principios que determinan la manera de constituir, administrar e invertir el patrimonio público. (Esteban Jaramillo).

Ideas centrales de la hacienda pública:

  1. La obtención de recursos para atender las necesidades públicas.
  2. La administración e inversión de esos recursos.

Hacienda pública: es la rama del conocimiento humano que estudia los principios abstractos, los objetivos políticos y las normas legislativas que rigen la adquisición, la gestión y el empleo de las riquezas requeridas por los entes políticos para la satisfacción de las necesidades públicas.

Características de la hacienda pública:

Fases de la hacienda pública.

  • Fase de ingreso público (recaudadora).
  • Fase de inversión o egreso (gasto público).
  • Fase de administración de recursos.

Estructura obligacional tributaria:

  • Sujeto activo (estado-acreedor del tributo).
  • Sujeto pasivo (deudor del tributo).
  • La materia imponible. (hecho)

Hecho imponible: es el presupuesto establecido para el pago del tributo dando origen al nacimiento de la obligación tributaria.

Características de la obligación tributaria:

  • Vinculo del estado con el sujeto pasivo.
  • Obligación de dar (suma de dinero)
  • Tiene su fuente en la ley.
  • Nace con el hecho imponible.
  • Autónoma frente a otras instituciones del derecho público.

Obligación principal = tributo.

Obligación complementaria = intereses que se generen o se deriven.

Gasto público: toda inversión monetaria del estado hecha por las autoridades competentes en virtud de una autorización legal. (Tamayo Luis. 1993)

Clasificación del gasto público:

  • Referentes a la seguridad interior y exterior del estado. (compra de armamentos y seguridad interna).
  • Gastos para los servicios que incrementan el bienestar social.
  • Gastos redistributivos. (el trolebús, pago de la deuda pública)

Ingresos públicos: son la suma que en dinero o en especies percibe tanto el estado como los demás entes públicos por conceptos de impuestos, derechos por la prestación de servicios públicos, productos, ingresos derivados de la venta de bienes y valores representativos de capital entre otros.

Se clasifican en:

  • Ordinarios (provenientes de actividades de minería, forestal, y petroleras-impuestos, tasas y contribuciones especiales.)
  • Extraordinarios (provenientes de venta de inmuebles, herencias yacentes, donaciones, impuestos extraordinarios).

Elementos del estado.

  • Población.
  • Territorio.
  • Poder político.

Conceptos básicos:

Actividades financieras: son las actividades que desarrolla el estado.

Actividades económicas: son las que realizan los particulares.

Derecho público: regula las actividades del estado (tanto internas como externas)

(Derecho administrativo, financiero, tributario, penal, constitucional, internacional, económico)

Derecho privado: regula las actividades de los particulares entre sí. (Derecho civil y mercantil).

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